Supermercados. Coto. Multas. Infracción formal. Ley 22802. Ley 24240. Dirección Nacional de Comercio Interior. Derechos de consumidores y usuarios
Se confirma la multa impuesta a la cadena de supermercados Coto al constatarse que en uno de sus locales se exhibían distintos productos listos para su venta en góndolas refrigeradas, con su peso real por debajo del declarado, superando las tolerancias permitidas legalmente, así como que el error máximo admitido había sido superado. En ese sentido, al configurarse una infracción formal, resultaba irrelevante la ausencia de intención en la conducta de la empresa o la falta de obtención de beneficios directos en razón de lo actuado.
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