Quiebra indirecta. Regulación de honorarios. Honorarios del síndico
Se confirma la resolución que fijó los honorarios del síndico bajo la inteligencia de que en los concursos preventivos devenidos en quiebra indirecta, por no haberse alcanzado el acuerdo preventivo, no correspondía una doble regulación de honorarios que atendiera los trabajos realizados en la etapa concursal y otra en la etapa de la quiebra, puesto que el concurso preventivo no finalizaba con la declaración de quiebra indirecta, simplemente se comenzaba con otra etapa de un mismo proceso que tenía una finalidad distinta al objetivo buscado en la etapa preventiva, que era la liquidación de los bienes del fallido.
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