Proceso de monto indeterminado. Honorarios. Pautas de regulación
En el marco de un juicio ordinario, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
Buenos Aires, 7 de agosto de 2018.
Y VISTOS:
En este juicio se incoa una acción de impugnación de asamblea con pedido de medida cautelar.
De ello no puede concluirse que exista concretamente un monto determinado, en los términos previstos por los artículos 6, inc. «a» y 19 de la ley de arancel.
Por ello, es que a los fines de regular los emolumentos de los profesionales intervinientes en el presente, se tendrán en consideración las restantes pautas de valoración que surgen de los inc. b) a f) de la norma legal citada (conf., CNCom., esta Sala, in re: «Otero Alberto Martín c/Jorge Mella S.A.I.C. s/ord.», del 6.7.90, y jurisprudencia allí citada; in re: «Nivel Construcciones S.R.L. s/ quiebra s/ incidente de escrituración calle Roosevelt 5301/29 uf 33» del 02.09.11; in re: «Ortabe Gustavo Leonardo s/ quiebra c/ Ortabe Claudia Marcela s/ ordinario» del 06.10.11; in re: «Rean Roberto Daniel c/ Capoletti Lucía y otros s/ ordinario» del 29.11.11; in re: «Couffignal Mariano y otro c/ Sworn College S.A. y otro s/ ordinario» del 30.03.12). Para ello, se considera la documentación acompañada en los diferentes informes presentados.
Con fecha 30.12.14 (fs. 123/9) se designa a A. M. E. veedora informante, la misma acepta cargo y presenta tres informes de gestión. A fs. 430/1 este Tribunal dispone el agravamiento de la medida cautelar y dispone la coadministración de la sociedad demandada por el término de tres meses. En el desempeño de sus funciones la coadministradora presenta tres informes de gestión, tres informes complementarios, un informe final y a su vez contesta las observaciones formuladas. Finalmente, a fs. 694 se aprueba la gestión efectuada.
En atención a la índole y extensión de los trabajos realizados en los numerosos informes presentados, las características e importancia del pleito y el tiempo de duración de la veeduría y la coadministración, se elevan a trescientos mil pesos ($ 300.000) los honorarios de la veedora y coadministra dora A. M. E..
Publíquese a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, conforme lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada 15/13. Cumplido, devuélvase encomendándose a la Sra. Juez a quo las notificaciones. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía N° 5 (conf. Art. 109 RJN).
MATILDE E. BALLERINI
MARÍA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO
033731E
Nuestos Cursos y Talleres:-
Curso de Asistente Jurídico
$3,200.00 Inscribirme -
Curso de Análisis Integral del Código Civil y Comercial
$3,200.00 Inscribirme -
Curso de Práctica Profesional de la Abogacía.
$3,200.00 Inscribirme -
Curso de Práctica Procesal II
$3,200.00 Inscribirme -
Curso de Práctica Procesal I.
$3,200.00 Inscribirme -
Curso sobre el Bullying y el delito de Grooming
$3,200.00 Inscribirme -
Curso del Abogado del Niño
$3,200.00 Inscribirme -
Curso de Delitos Informáticos
$3,200.00 Inscribirme -
Curso de Uniones Convivenciales
$3,200.00 Inscribirme