Extinción de la acción penal. Muerte del imputado
Se resuelve tener por extinguida la acción penal por muerte del imputado en los términos de los artículos 59, inc. 1), del Código Penal, y 336, inc. 1), del CPPN y, en consecuencia, ordenar el archivo de la causa.
San Luis, 14 de febrero de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
El expediente FMZ 62000743/2009/TO1 caratulado “MIGLIOZI, JUAN ENRIQUE S./FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS -USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART. 296 CP)”, para resolver situación procesal del fallecido JUAN ENRIQUE MIGLIOZZI, habiendo dictaminado el Ministerio Público Fiscal a fs. 171; y,
CONSIDERANDO:
I- Que al librarse oficio n° 1520 (fs. 166) a la Delegación San Luis de la Policía Federal Argentina a los efectos de que se procediera a la citación en los términos de Art. 293 del CPPN del procesado JUAN ENRIQUE MIGLIOZZI, ddo. Honduras 1695 -B° JUBILADOS-, dicha dependencia advirtió la muerte del causante por sistema de gestión documental electrónica, habiendo remitido a este Tribunal copia en soporte digital de la partida de defunción fechada el 30/11/2018, cuya constancia obra agregada a fs. 167/169.
II- Al contestar en vista, el MPF se expidió sosteniendo que “Que atento a las constancias remitidas por la Delegación San Luis de la Policía Federal Argentina en soporte digital extraído por Gestión Documental Electrónica dependiente de Secretaría de Modernización Administrativa de la Nación, este Ministerio Fiscal OPINA que corresponde declarar la extinción de la pena por muerte del condenado y proceder al archivo del presente legajo. Art. 59 inc 1. CP.”.
III- Estando a lo dictaminado por el organismo titular de la acción penal y habiéndose incorporado un testimonio oficial que acredita la muerte del imputado, queda comprobada con certeza la causal prevista en el Art. 59 Inc. 1) del Cód. Penal y en consecuencia corresponde declarar el sobreseimiento del prenombrado y archivo de la causa respectiva, con arreglo al Art. 336 Inc. 1°) del CPPN.
Por ello, SE RESUELVE:
1°) Tener por EXTINGUIDA la ACCIÓN PENAL por muerte del imputado en los términos de los Arts. 59 Inc. 1) del Cód. Penal y 336 Inc. 1°) del CPPN y en consecuencia ordenar el ARCHIVO de la causa caratulada “MIGLIOZI, JUAN ENRIQUE S./FALSIFICACIÓN DOCUMENTOS PÚBLICOS -USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART. 296 CP)”, Expdte. FMZ 62000743/2009/TO1, en relación al fallecido MIGLIOZZI, Juan Enrique, argentino, DNI 7376485, nacido en San Luis el 08/11/1949, hijo de Juan Blas y Juana Edith Morcón, instrucción secundaria, estado civil divorciado, profesión desocupado, con último domicilio en calle Honduras 1695 -B° JUBILADOS- de la ciudad de San Luis.
2°) En cuanto a efectos secuestrados, estése de corresponder a la Acordada n° 2 /2018 de la Excma. C.S.J.N. y asimismo procédase a la supresión definitiva de documental peritada como falsa durante la IPP -recepcionada a fs. 134-, por aplicación de Art. 526 del CPPN.
3°) Efectuar comunicación establecida en el Art. 2° Inc. d) de la Ley 22117 y a la red SIFCOP.
4°) Realizar el PASE del legajo a oficina de depósito mediante anotaciones y nomenclaturas del Sistema de Gestión LEX 100 correspondientes al estado de archivo.
REGÍSTRESE, PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y OFÍCIESE.-
ROBERTO JULIO NACIFF
JUEZ DE CÁMARA
ALEJANDRA M. SUAREZ
SECRETARIA DE CÁMARA
037923E
Nuestos Cursos y Talleres:-
Curso de Asistente Jurídico
$3,800.00 Inscribirme -
Curso de Análisis Integral del Código Civil y Comercial
$3,800.00 Inscribirme -
Curso de Práctica Profesional de la Abogacía.
$3,800.00 Inscribirme -
Curso de Práctica Procesal II
$3,800.00 Inscribirme -
Curso de Práctica Procesal I.
$3,800.00 Inscribirme -
Curso sobre el Bullying y el delito de Grooming
$3,800.00 Inscribirme -
Curso del Abogado del Niño
$3,800.00 Inscribirme -
Curso de Delitos Informáticos
$3,800.00 Inscribirme -
Curso de Uniones Convivenciales
$3,800.00 Inscribirme