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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Responsabilidad del transportista. Accidente al descender del colectivo. Onus probandi
Se revoca la sentencia y se hace lugar a la demanda de daños y perjuicios por considerar acreditado que la actora había demostrado la ocurrencia del accidente al intentar descender del colectivo en el que viajaba y la relación de causalidad. La obligación principal del transportista es la de velar por el arribo a destino sano y salvo de quien utiliza ese medio de transporte que conlleva ínsitamente una presunción de responsabilidad que, como en el caso de quebrantamiento de la obligación contractual, significa en el orden procesal la inversión del «onus probandi».
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