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JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Accidente de tránsito. Culpa concurrente. Giro sin preavisar. Velocidad excesiva
Se mantiene el fallo en cuanto distribuyó la responsabilidad por partes iguales, pues, por un lado, el demandado no probó el hecho de haber anunciado la maniobra de giro mediante la correspondiente señal lumínica, ni haberla reforzado con la respectiva gestualidad manual al tratarse del ingreso a una vía de poca importancia; y, por el otro, el actor se desplazaba una velocidad mayor a la permitida en un vehículo que, por sus características (ciclomotor), implicaba un riesgo para su humanidad, emprendiendo una maniobra de sobrepaso a escasos metros de la encrucijada.
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