Es arbitraria la sentencia que fijó la indemnización de los daños derivados del accidente sufrido por la actora en ocasión del trabajo y que le causó una incapacidad del 60% de la total obrera, pues si bien es cierto que el a quo formuló un amplio enunciado de los aspectos fácticos y probatorios a considerar a los fines de determinar la entidad del daño y, en consecuencia, la cuantía del resarcimiento, individualizando aspectos específicos del caso que gravitarían a tales fines, también lo es que dispuso las indemnizaciones sin proporcionar criterios, parámetros o cálculos que permitan comprender el desarrollo lógico y argumental seguido para arribar a las cifras establecidas. -El juez Rosenkrantz, en disidencia, consideró inadmisible el recurso extraordinario (art. 280 CPCCN)-
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