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JURISPRUDENCIACitación como tercero del Estado Nacional en la acción de daños y perjuicios por discriminación
En una acción de daños y perjuicios tendiente a que se le asigne a la actora un subsidio extraordinario y reparatorio por los años de marginación y discriminación en la incorporación al mercado laboral por su condición de travesti, queda firme la resolución que hizo lugar a la citación del Estado Nacional y también la que, como consecuencia de esa citación, declaró la nulidad de todo lo actuado. Se tuvo en cuenta que las situaciones dañosas aludidas en la demanda habrían sido generadas por autoridades dependientes del Estado Nacional.
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