Daños y perjuicios. Accidente de tránsito. Prioridad de paso. Culpa de la víctima. Rechazo de la demanda
Se revoca el fallo en cuanto tuvo por acreditada la responsabilidad concurrente, rechazando la demanda en su totalidad, pues atento al reconocimiento de los actores respecto a que, arribando a la encrucijada con la luz amarilla intermitente, iniciaron un giro a la izquierda para ingresar a una arteria transversal, no caben dudas de que el vehículo del demandado, que circulaba por esa arteria transversal, contaba con la prioridad de paso, razón por la cual pierde incidencia tanto el lugar donde se produjo el impacto como el carácter de embistente que detenta el automóvil.
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