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JURISPRUDENCIAContrato de distribución comercial. Compensación por clientela. Lucro cesante. Prueba pericial. Preaviso. Duración del contrato
Se modifica la sentencia apelada y se eleva el plazo de preaviso a doce (12) meses con motivo de los cuarenta (40) años de vigencia del contrato de distribución comercial que ligó a las partes, fijándose la reparación del daño derivado de la infracción del deber jurídico de comunicar oportunamente (con suficiente antelación para no sorprender a la otra parte) la decisión unilateral de modificar sustancialmente o finalizar el contrato, entre ellos, la privación injusta de aquellas ganancias que el damnificado tenía probabilidad objetiva de percibir, pero se dejó sin efecto la reparación fijada por compensación de clientela.
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