68 COMPRADOR DE FINCA A QUIEN LA QUEADQUIRIÓ EN REMATE JUDICIAL, RECHAZA EXCEPCIÓN DE ÉSTE SOBRE IRRESPONSABILIDADPOR VICIOS REDHIBITORIOS. – Comocomprador de su finca …, por escrtitura …, pasada ante el escribano …,recházole la excepción de su falta de responsabilidad por vicios redhibitoriosdada su compras en remate judicial. – La defensa que pretendeesgrimir es totalmente ineficaz, pues el artículo 2171 del Código Civil, sólolibera de responsabilidad por vicios redhibitorios al que le remataron el biensobre el adquirente y no a éste con un tercero. – Por loexpuesto, INTÍMOLO a responder por …, en el plazo perentorio de … (…)días, caso contrario incoaré acción judicial por daños y perjuicios.
<<<68 NOTA: Dice el CCRA, Art. 2 El enajenante estátambién libre de la responsabilidad de los vicios redhibitorios, si eladquirente los conocía o debía conocerlos por su profesión u oficio. Art.217 Está igualmente libre de responsabilidad por los vicios redhibitoriossi el adquirente obtuvo la cosa por remate, o adjudicación judicial.>>>