DONACIÓN INMOBILIARIA RESERVÁNDOSE EL DONANTE SU USUFRUCTO (USO Y GOCE) BAJO CONDICIÓN RESOLUTORIA.__ … CLÁUSULA … (RESERVA DEL USUFRUCTO) El donante hace reserva en su favor del usufructo (derecho de uso y goce), únicamente hasta el cumplimiento de la condición … (hecho futuro e incierto), sobre la finca (propiedad inmueble) donada, acaecido el cual cesará automáticamente el usufructo. <<<NOTAS: – Esta cláusula se insertará en escritura pública constitutiva del acto. – El donatario deberá aceptarla en el mismo acto o inmediato posterior si estuviera ausente, pues entretanto podrá ser revocada. – Dice el CCyC, art. – Modalidades. El usufructo puede ser establecido pura y simplemente, sujeto a condición o plazo resolutorios, o con cargo. No puede sujetarse a condición o plazo suspensivos y si así se constituye, el usufructo mismo se tiene por no establecido. Cuando el testamento subordina el usufructo a una condición o a plazo suspensivos, la constitución sólo es válida si se cumplen antes del fallecimiento del testador.>>>