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JURISPRUDENCIAAcción de amparo. Reinstalación en el puesto de trabajo. Discriminación. Conducta antisindical. Daño moral. Sueldos caídos. Conducta desleal
Se hace lugar a la acción de amparo sindical interpuesta por el actor y, en consecuencia, se ordena la reinstalación en su puesto de trabajo, el pago de sus salarios caídos y el resarcimiento por el daño moral padecido. Para decidir así, el tribunal expresó que el despido resuelto por la demandada era discriminatorio y antisindical, toda vez que, por un lado, el actor acreditó una larga serie de indicios concordantes que llevan a presumir que el distracto fue motivado por la intensa actividad sindical por él desplegada en forma contemporánea con la ruptura contractual, y, por el otro, el principal no pudo demostrar las causas que invocó para justificar la extinción del vínculo. Sin embargo, por mayoría, el máximo tribunal provincial revoca la sanción procesal por temeridad y malicias establecida en el artículo 275 de la ley de contrato de trabajo.
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