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TITULAR MARCARIO INTIMA CESAR USO DE SU MARCA POR TERCERO BAJO APERCIBIMIENTO (ART. 31 y SS., LEY 22.362) señores Club bailable «Via Sassone» 1- En nuestra calidad de titulares registrales de la marca «…», INTIMÁMOLOS al cese inmediato de cualesquiera formas de usarla, bajo apercibimiento de incoar litigio y esgrimir las acciones judiciales previstas en los artículos 31 y subsiguientes de ley 22.362, reformado por la 26.78 2- La presente notificación deberá tomarse también como suspensiva de la prescripción, por configurar, con arreglo al artículo 2541 del Código Civil y Comercial, interpelación efectiva por medio de un acto que no puede ofrecer dudas acerca de la veracidad del reclamo y la oportunidad de su realización y, que permite inferir que exteriorizamos la voluntad de mantener vigente nuestra pretensión. Salúdolo/s/amos atentamente. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. …(lugar), Dada en (3074) Las Avispas, Departamento de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, a Diciembre 15 de .. Como Presidente de Keller S.A. Ing. Héctor Daniel Moreno …(DNI. y firma)
<<<NOTAS: 1- Una vez recepcionada la carta documento precedente, comporta un inequívoco requerimiento en los términos del Art. 2541 del CCyC y, en condiciones tales, que tiene la virtualidad suspensiva (no interruptiva) por 6 meses del curso de la prescripción. 2- Dice el CCyC, Art. 254- Suspensión por interpelación fehaciente. El curso de la prescripción se suspende, por una sola vez, por la interpelación fehaciente hecha por el titular del derecho contra el deudor o el poseedor. Esta suspensión sólo tiene efecto durante seis meses o el plazo menor que corresponda a la prescripción de la acción.>>>
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